Por eso hoy queremos explicar qué hacer si un inquilino no paga el alquiler durante la crisis de la COVID-19. A qué medidas se pueden acoger y que puedes hacer tú, como propietario, si estás dejando de cobrar esa mensualidad.
Medidas económicas durante la crisis de la COVID-19
El pasado 31 de marzo el Gobierno publicó un Decreto-ley en el que se anunciaron medidas complementarias a las ya anunciadas, tanto en el ámbito social como en el económico para hacer frente a las consecuencias de la pandemia. En nuestro blog ya publicamos la Guía definitiva de ayudas y prestaciones por el Coronavirus, que podéis consultar en el enlace.
Los propietarios de pisos alquilados deben tener en cuenta ahora una serie de medidas y ayudas que se han puesto en marcha referentes al pago de los alquileres. Hoy vamos a repasarlas, para saber cómo pueden afectar en el caso de que el inquilino no esté pagando el alquiler.
Ayudas alquiler durante el Coronavirus y cómo pueden afectar a los propietarios
Lo primero que se debe tener en cuenta es que en este paquete de ayudas para el alquiler el Gobierno ha distinguido entre dos tipos de propietarios: los grandes tenedores y los pequeños propietarios. Según si se trata de uno u otros, las medidas aplicables son distintas.
Grandes tenedores
Se trata de aquellas personas (físicas o jurídicas) que sean propietarias de más de 10 inmuebles urbanos. Los grandes propietarios están obligados a aplicar una de las dos medidas que contamos a continuación, a menos que se haya llegado a otro tipo de acuerdo previamente con los inquilinos.
Medidas aplicables a los alquileres de grandes tenedores
- Reducir la mensualidad del alquiler un 50% mientras dure el estado de alarma. O incluso alargarlo unos meses más, hasta un máximo de cuatro, si la situación del vulnerabilidad del inquilino así lo requiere.
- Aplazamiento del pago del alquiler mientras dure el estado de alarma. También se podría ampliar hasta un máximo de 4 meses según la vulnerabilidad del arrendatario. La devolución de dichas mensualidades se realizará progresivamente y de forma fraccionada en los siguientes 3 años.
En ninguno de los dos casos se podrá penalizar al inquilino por acogerse a estas medidas y, en el caso de los pagos aplazados, se devolverán sin ningún tipo de interés.
Pequeños propietarios
En este caso se refieren a aquellas personas que tienen menos de diez inmuebles en propiedad. Este tipo de propietario puede aplicar cualquiera de las medidas de forma voluntaria: ya sea un aplazamiento temporal del pago de la renta o una rebaja total o parcial de la misma.
Cuando, como propietario, se recibe la solicitud el inquilino para aplicar alguna de estas medidas, se dispone de un máximo de siete días para dar respuesta al requerimiento. En el caso de que no se acepte ninguna de las medidas, el Gobierno ha puesto a disposición de los inquilinos más vulnerables una línea de créditos ICO. En este caso, son préstamos sin intereses a devolver en un máximo de diez años.
¿Qué hacer cuando un inquilino no paga el alquiler?
Si te preguntas qué hacer si no te pagan el alquiler, debes saber que en una situación normal, el procedimiento a seguir sería el siguiente:
- Contactar con el inquilino ya sea por teléfono o por escrito para aclarar la situación e intentar llegar a un acuerdo.
- En el caso de no obtener respuesta se deberá volver a contactar, pero esta vez por un medio que suponga una prueba legal. Es decir, un burofax, un conducto notarial o un acto de conciliación notarial.
- Si a pesar de esto, el arrendatario no paga lo que debe, no quedará más remedio que ir a juicio.
- Llegados a este punto, se puede reclamar la deuda o resolver el contrato y solicitar un desahucio por impago. O ambas cosas a la vez.
Pero está claro que la situación actual en nuestro país no es de normalidad, sino que vivimos en estado de alarma. Por eso merece la pena explicar qué se puede hacer y qué no si el inquilino no paga.
¿Y si mi inquilino no paga durante el coronavirus?
Si tu perfil entra dentro de las características de los grandes tenedores, vas a tener que adaptarte a las medidas adoptadas por el Gobierno. La situación por la que está pasando el país es totalmente excepcional y, por lo tanto, también merece adoptar medidas sin precedentes.
En el caso de que los arrendatarios de tus propiedades estén sufriendo una situación de vulnerabilidad como las que se recogen en el Decreto-ley, la única opción que tienes en este momento es aplicar las medidas previstas. Solo te quedará elegir si prefieres reducir un 50% la mensualidad o bien aplazar los pagos de estas.
Mi inquilino no paga y soy pequeño propietario, ¿Qué hago?
Si eres un pequeño propietario y tu inquilino no te paga el alquiler o incluso si el inquilino no paga el alquiler de un local comercial, tienes que saber que no estás obligado a aceptar ni la reducción de la cuota mensual ni tampoco la moratoria.
Sin embargo, y debido a la situación excepcional, también debes tener en cuenta que el Gobierno ha tomado una serie de medidas para proteger a los inquilinos en situación de vulnerabilidad:
- Se paralizan todos los desahucios hasta 6 meses después de que haya finalizado el estado de alarma.
- Los contratos de alquiler que venzan durante este tiempo, se podrán prorrogar automáticamente durante un máximo de 6 meses si así lo solicita el inquilino.
Eso sí, el Gobierno finalmente también ha tenido en cuenta a aquellos propietarios que dependan de estas rentas para pagar la hipoteca. Ha ampliado la moratoria hipotecaria anunciada inicialmente para incluir en ella a los propietarios de vivienda que sufran impagos de alquiler debidos a la crisis de la Covid-19.
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